La última guía a profesional en salud y seguridad en el trabajo
Artículo 156 LGSS. Se entiende por percance de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.5º, incluida la posibilidad de asignar al trabajador otro trabajo donde no exista aventura de una nueva exposición.En su Artículo 18 desarrolla los capital materiales y hum